Certificado Único Habilitante para Circulación

El Gobierno nacional puso en marcha desde este domingo el “Certificado Único Habilitante para Circulación” que habilita a transitar por todo el país a aquellas personas que estén exceptuadas del artículo 6 del Decreto Presidencial 297/20, informó el Ministerio del Interior. Se exigirá a partir del miércoles 1 de abril. Palabras clave: Certificado Único Habilitante. Ministerio del Interior. Médicos veterinarios.

Como ya es de su conocimiento, los médicos veterinarios ingresan dentro de estas excepciones para circular. Es por esto que compartimos esta información, para que los matriculados que lo necesitan, realicen el trámite. A continuación detallamos los pasos que deberá seguir:

INGRESAR PARA VER EL INSTRUCTIVO 

1- Ingresar y registrarse con DNI o usuario y clave de AFIP (ver otras opciones disponibles).

2- Completar en el buscador de palabras claves “Solicitud de Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”.

3- Hacer click en “Iniciar trámite”.

4- Completar el formulario con los datos personales solicitados y hacer clic en “Guardar”.

5- Finalmente, seleccionar el botón “Confirmar trámite” y aguardar a recibir un Número de Expediente.

Para obtener el certificado, luego de haber recibido el Número de Expediente, se deberá dirigir a la solapa “Mis trámites” ubicada en el borde superior de la pantalla, seleccionar la opción “Finalizados” ubicada en el margen izquierdo de la web y hacer doble clic sobre el trámite en cuestión.

Una vez ubicado sobre el documento “Permiso de circulación”, en la columna “Acción” hay que seleccionar la opción “Ver”, indicada con el símbolo de un ojo.

Allí se podrá abrir el documento que se descarga para visualizar el permiso.
Tener en cuenta que tiene vigencia por 7 días, es renovable.

Fuente: http://www.colveterinariossfe.com.ar/

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