Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina

El Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina establece realizar una DOES en los rodeos donde se realicen actividades de reproducción en bovinos.

Buenos Aires - El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), a través de la Resolución N° 67/2019, puso en vigencia a partir del 3 de abril de 2019 una nueva estrategia nacional para el control y erradicación de brucelosis bovina.

La primera obligación que deben cumplir los productores para adecuarse al plan, es realizar la DOES, un diagnóstico serológico de la totalidad de los animales susceptibles del establecimiento, tarea que requiere de un veterinario acreditado. El plazo para su cumplimiento es dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la Resolución 67/2019.

Ante resultados positivos a brucelosis, el productor, junto con su veterinario acreditado, deben diseñar y presentar en la oficina local del Senasa, un plan de saneamiento para eliminar la infección de su rodeo. Desde la emisión de resultados positivos por parte del laboratorio, el plazo para la presentación del plan de saneamiento es de 60 días.

El plan de saneamiento elaborado por el veterinario y el productor –sobre la base de la gravedad de la infección en el rodeo, las características de su producción y la disponibilidad de recursos– debe establecer dos acciones con fechas de cumplimiento efectivo:

• fecha de eliminación de los animales positivos
• fecha para el próximo diagnóstico serológico.

Cumplidas estas acciones, cuando aún no se eliminó la enfermedad del rodeo, el productor junto con su veterinario debe presentar nuevas fechas para continuar con el trabajo anual de saneamiento. El proceso de saneamiento debe culminar lo antes posible para evitar que la enfermedad siga dispersándose en el rodeo; no obstante, se estableció un plazo máximo de tres (3) años, incluidos los diagnósticos negativos que dan cuenta de la finalización.

El plan de saneamiento termina cuando se presenten dos diagnósticos negativos de la totalidad de los animales susceptibles, separados entre 6 y 12 meses. A partir de ese momento, el establecimiento obtendrá el estatus de libre.

Para más información, los interesados pueden comunicarse con la Mesa de Ayuda del Programa de Brucelosis Bovina del Senasa al 011- 4121-5410 de lunes a viernes de 8 a 16 horas o enviar un correo electrónico a: brucelosisbovina@senasa.gob.ar

Fuente: Senasa

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